martes, 23 de noviembre de 2010

Convenio Asociacion Y Auxilios Mutuos De Toreros Del Peru

Para ver Convenio clik aqui

martes, 27 de julio de 2010

De toros...  y más

martes 22 de junio de 2010

Unión de Toreros de Colombia respalda a Cristóbal Pardo

Hemos recibido una carta de la UNDETOC, agremiación de profesionales del toreo de Colombia, por la cual aclaran la situación del matador de toros CRISTOBAL PARDO poniendo especial énfasis en señalar que desde el año 2004 en que vino por primera vez a torear a nuestro país PARDO ha cumplido con la visa, el pago de los impuestos correspondientes, el tramite del pase intersindical y ha presentado el respectivo Paz y Salvo obligatorio de FITA y que esto lo ha involucrado injustamente en la pugna interna de las asociaciones de toreros existentes en nuestro país. Aquí el texto completo de la carta recibida.https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj2N8ZnqfivOdqHZYExFtjpbIjm2M7VXSZ-fb-bSZ0wU-dPgYEe6Nue-isvqqaIZXgWnFgsTsl25FnHAUF2C1ULgBrUGQTEflAY2Ra8B_SfS5KKUeG1POd9uB3GiOET2ELN5SqpQFevQIo/s400/undetoc.jpg


Bogotá D.C., junio 21 de 2010

Señora
MAGALY ZAPATA.
Periodista Taurina
Lima (Perú)

Muy apreciada Señora:

Por su intermedio, muy comedidamente le solicitamos, hacer conocer algunas apreciaciones, en relación a nuestro afiliado, el matador de toros CRISTOBAL PARDO, quien esta siendo afectado, por las diferencias de apreciación en el cumplimiento del CONVENIO TAURINO AMERICANO FITA.

Somos respetuosos, de la autonomía, independencia y procedimientos de los sindicatos y asociaciones que agrupan a los toreros en el hermano país de Perú, pero preocupados por la crisis institucional que enfrentan los compañeros toreros Peruanos, situación que está creando inestabilidad laboral a sus asociados y dudas frente a la opinión pública, como las que se le vienen generando al matador Cristóbal Pardo, a quien se le señala de incumplir las normas y estipulaciones que para los toreros extranjeros rigen en la Republica de Perú.

Desde el año 2004, el matador Pardo ha actuado en su país, lo cual aprecia y agradece, que se le haya valorado como profesional del toreo, entregándose al máximo para responder a la confianza que se le ha otorgado. Desde esa fecha al día de hoy, siempre ha cumplido con la visa, el pago de los impuestos correspondientes, el tramite del pase intersindical y ha presentado el respectivo Paz y Salvo obligatorio de FITA, tal como lo estipula la Clausula Segunda del Convenio vigente, y presentado usualmente a la ASOCIACION Y AUXILIOS MUTUOS DE TOREROS DE PERU, lo cual puede demostrar con la documentación respectiva. Esta clausula en su contexto, expone en uno de sus apartes “Sera obligatoria la afiliación a la organización correspondiente”, lo cual así lo hizo, en cumplimiento a este requerimiento.

Lo anterior, es la descripción del transcurrir de su actividad taurina en materia de encuadramiento en las Instituciones correspondientes, incentivado por el deber que le compete como torero extranjero; sin embargo involuntariamente, se ha visto involucrado injustamente en la pugna interna de las asociaciones de toreros existentes, ya que su pretensión es cumplir con lo establecido, y es de entender que al existir varias instituciones, seria inapropiado, no solo para el, si no para cualquier profesional americano, afiliarse y pagar el pase intersindical, a las tres instituciones signatarias del convenio FITA.

Al respecto, se entiende que esta cumpliendo con la normatividad vigente, las diferencias y legalidades que exponen las asociaciones de toreros peruanas, son respetables y validas, pero se debe comprender, que un matador foráneo, va a tener un dilema que no podría resolver; o tomar partido, ya que se encuentra en país extranjero.

Por lo anterior, muy fraternalmente solicitamos a las entidades intervinientes en el conflicto, la debida consideración y mantener al margen de las diferencias al matador CRISTOBAL PARDO, y propiciarle las garantías para poder ejercer libremente su actividad profesional en territorio Peruano como lo establece el Convenio taurino Americano, ya que al surgir esta dicotomía intergremial, en la hermana Republica de Perú, se puede poner en entredicho el proceder de nuestro afiliado, que siempre ha sido obrar correctamente.

Agradecemos la divulgación a la presente aclaración y reiteramos la invitación a encontrar un punto de equilibrio que conlleve a los beneficios colectivos.

Cordial saludo;

P/LA UNIÓN DE TOREROS DE COLOMBIA “UNDETOC”
SECCION MATADORES DE TOROS Y NOVILLOS

FERNANDO VASQUEZ

Presidente

Publicado por Magaly Zapata en 22:47:00 http://img2.blogblog.com/img/icon18_edit_allbkg.gif

TORO PRENSA PERU

noticias del Perú y del mundo taurino, reseñas de los festejos celebrados en la plaza de toros de ACHO. LIMA y de todas las provincias peruanas... Ecos de la Fiesta brava en FRANCIA. ESPAÑA, PORTUGAL, MEXICO, COLOMBIA. ECUADOR y VENEZUELA

miércoles 14 de julio de 2010

segun la UNION MEXICANA DE TOREROS, el SITOPE se equivoco de sindicato

https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiuL1C0xz0B0N93bJ-TWRrXJzSGHeno3MAA9_-VSky4Z8kyTRZ0wOrKwxlxBq9_s7WNqyTK2gAidt63RXUsCGqu7nTPU20QMU280CX1gIYSniBrsUUx-8NG-QEovUvy8KywcazrZFSCh3KQ/s320/8ccdf6f4-b8c5-428c-b87f-0b8d4be90e6d.jpg

"El matador de toros Antonio Urrutia, representante de la Asociación Nacional de Matadores, aclara que no tiene que ver en nada con el convenio que realizó el matador Manolo Mejía, representante de la Unión Mexicana de Toreros, A.C., con el Sindicato de Toreros del Perú: "Es indiscutiblemente falso, ya que nuestra agrupación desconoce a la Unión que representa el matador Mejía debido a proyectos completamente diferentes. El único convenio firmado que tenemos con Sudamérica es a través de FITA (Federación lnternacional de Toreros Americanos) el cual se firmó el pasado 23 de agosto de 2009, en la que participan los países de Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Por lo antes mencionado, la Asociación Nacional de Matadores se deslinda por completo de esta versión".

Publicado por JUAN LUIS POUS DE COLLIOURE en

sábado, 5 de junio de 2010

COMUNICADO

fiSOClfiCIOtl y AUXILIOS MUTUOS DE TOREROS DEL PERU
FUNDADA EL 12 DE NOVIEMBRE DE 1929
Jr. Huancavelica 279 - 293 Of. N° 204
Telefax: 428-2677 LIMA PERU
COMUNICADO
A los empresarios, organizadores y promotores taurinos, artistas y profesionales
taurinos, asi como a la opinión pública en general:
En las últimas semanas hemos tomado conocimiento de la pusilánime actitud de algunos
"toreros" y miembros de instituciones taurinas, quienes estarían coaccionando y
amenazando a diversos artistas y profesionales taurinos, no sólo extranjeros sino
también peruanos, forzándolos a pagar cuotas de inscripción y actuación bajo amenaza
de IMPEDIR SUS ACTUACIONES O NO BRINDARLES CUADRILLA DE SUBALTERNOS
en caso de incumplir dichos pagos.
La Asociación y Auxilios Mutuos de Toreros del Perú y el Sindicato de Profesionales y
Artistas Taurinos del Perú - SIPAT PERÚ RECHAZAN TALES ACTOS Y brindan su total
respaldo a los artistas y profesionales taurinas así como a las empresas que vienen siendo
extorsionadas. Porque sí, estos actos CONFIGURAN EL DELITO DE
EXTORSiÓN previsto en el artículo 200° del Código Penal' y SANCIONADO HASTA
CON QUINCE (15) AÑOS DE CÁRCEL.
Además que, como ya hemos comunicado anteriormente, nuestra Constitución Política" en
los incisos 14 y 15 de su artículo 2°, consagra y ampara como Derechos Fundamentales a la
LIBRE CONTRATACiÓN yel DERECHO AL TRABAJO.
En consecuencia, NINGUNA PERSONA YIO INSTITUCiÓN PUEDE
IMPEDIR LA ACTUACiÓN DE UN ARTISTA O PROFESIONAL
TAURINO, siempre que éste cuente con los requisitos previstos en la Ley (Visa de
Artista, en el caso de extranjeros).
1 Art. 2000 del Código Penal.- EXTORSIÓN
El que mediante violencia o amenaza obliga a una persona o a una institución pública o privada a
otorgar al agente o a un tercero una ventaja económica indebida u otra ventaja de cualquier otra
lndole, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años.
La pena será no menor de quince ni mayor de veinticinco años si la violencia o amenaza es
cometida:
... b) Participando dos o más personas.
2 Art. 20 inc. 14y 15 de la Constitución Política del Estado
Toda persona tiene derecho:
14. A contratar con fines llenos, siempre que no se contravengan leyes de orden público.
15. A trabajar libremente, con sujeción a ley.
ASOCIACIOrt Y AUXILIOS MUTUOS DE TOREROS DEL PERU
FUNDADA EL 12 DE NOVIEMBRE DE 1929
Jr. Huancavelica 279 - 293 Of. N° 204
Telefax: 428-2677 LIMA PERU
De igual modo, los artículos 3°, 4° Y 11° inciso b) del T.U.O. de la Ley de Relaciones
Colectivas de Trabajo" O.S. 010-2003-TR PROHíBEN A LOS
REPRESENTANTES SINDICALES CONDICIONAR EL EMPLEO DE
UNA PERSONA A LA AFILIACiÓN O A FORMAR PARTE DE UN
SINDICATO, estando impedidos de coactar, restringir o menoscabar en cualquier forma,
el derecho de sindicalización. La afiliación sindical es libre y voluntaria.
Por ello, ante estos actos deplorables, les sugerimos que DENUNCIEN A QUIÉNES
EXTORSIONAN O COACCIONAN A LOS ARTISTAS.
PROFESIONALES Y EMPRESARIOS TAURINOS. Esta será la única manera
de detener el accionar ilícito de aquéllos malos "toreros" y prevenir el monopolio de la
actividad taurina; ayudemos a engrandecer y democratizar la tradición torera en el Perú,
generando una libre y justa competencia.
Aprovechando la ocasión para extenderles cordiales saludos, quedamos de Ustedes.
Atentamente,
fo/t&:J!i--
ESTEBAN E. ANDRADE ROMÁN
Presidente
jf ,
FERNANDO ÁLVAREZ PAJUELO
Secretario
3 Art. 3° del T.U.O. de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo - D.S. 010-2003- TR
La afiliación es libre y voluntaria. No puede condicionarse el empleo de un trabajador a la afiliación,
no afiliación o desafiliación, obligársele a formar parte de un sindicato, ni impedírsele hacerla.
Art. 4° del T.U.O. de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo - D.S. 010-2003-TR
El Estado, los empleadores y los representantes de uno y otros deberán abstenerse de toda clase de
actos que tiendan a coactar. restringir o menoscabar. en cualquier forma. el derecho de
sindicalización de los trabajadores ...
Art. 11° inc. b) del T.U.O. de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo - D.S. 010-2003- TR
Las organizaciones sindicales están impedidas de:
b) Coaccionar directa o indirectamente a los trabajadores a ingresar o retirarse de la organización
sindical. salvo los casos de expulsión por causales previstas en el estatuto, debidamente
comprobadas.

sábado, 24 de abril de 2010

SIPAT


Lima, 24 de Abril de 2010

Señores
PERU TAURINO
Presente.-

Mediante la presente les informamos la reciente fundación e inscripción del SINDICATO DE PROFESIONALES Y ARTISTAS TAURINOS DEL PERÚ – SIPAT PERÚ ante el Registro Sindical del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tal como acreditamos con la Constancia Automática de Inscripción que adjuntamos, VIGENTE HASTA EL 10 DE MARZO DE 2012. En virtud de ello, ESTAMOS FACULTADOS A EMITIR PASES INTERSINDICALES a todo aquél artista extranjero que nos lo solicite, con el fin de obtener la respectiva Visa de Artista para actuar legalmente en el Perú.



SIPAT PERÚ ha sido fundado con el fin de agrupar a artistas y profesionales taurinos para velar por sus derechos laborales, sociales y gremiales, así como por el cumplimiento de la legalidad y transparencia de sus actuaciones; ya que de acuerdo a la información con la que contamos, además del SIPAT PERÚ actualmente en nuestro país, NO EXISTE OTRA INSTITUCIÓN SINDICAL QUE CUENTE CON RECONOCIMIENTO JURÍDICO (ante Registros Públicos) NI RECONOCIMIENTO GREMIAL VIGENTE (ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo) que efectivamente proteja al torero peruano.

Nuestra Junta Directiva se encuentra conformada por:

Cargo

Nombre

SECRETARIO GENERAL:

Esteban ANDRADE ROMÁN

SUB SECRETARIO GENERAL:

Gustavo GIMÉNEZ VELARDE

SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN, CONTROL Y DEFENSA (Fiscal):

Juan SIGUAS MOLINA

SUB SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN, CONTROL Y DEFENSA (Fiscal Adjunto):

Néstor PORTUGAL HERRERA

SECRETARIO DE ECONOMÍA (Tesorero):

Fermín MUJICA MANRIQUE

SUB SECRETARIO DE ECONOMÍA (Pro Tesorero):

Juan Alberto SIGUAS LEÓN

SECRETARIO DE ACTAS, DOCUMENTACIÓN Y ARCHIVOS:

Fernando ÁLVAREZ PAJUELO

SUB SECRETARIO DE ACTAS, DOCUMENTACIÓN Y ARCHIVOS:

Miguel ANDRADE CHAMBA

SECRETARIO DE RELACIONES PÚBLICAS Y BENEFICENCIA:

Jose SCOTTO INFANTAS


Contando con local institucional ubicado en
Huancavelica N° 279, oficina 204 – Lima (Teléfono: 428-2677), así como con e-mail: sipatperu@hotmail.com; en donde podrán contactarnos.

Agradeciendo la atención brindada, quedamos de ustedes.

Atentamente,

ESTEBAN E. ANDRADE ROMÁN FERNANDO ÁLVAREZ PAJUELO

Secretario General Secretario de Actas, Documentación

y Archivos

sábado, 6 de marzo de 2010

martes, 9 de febrero de 2010

Hablemos buen castellano


CULTURA GENERAL...

En español, el plural en masculino
implica ambos géneros. Así, que al dirigirse al público, NO es necesario (ni correcto) decir “mexicanos y mexicanas”, “chiquillos y chiquillas”, “niños y niñas”, etc., como el Presidente Vicente Fox puso de moda y hoy en día otros ignorantes (políticos y comunicadores) continúan con el error.

Decir ambos géneros es correcto, SÓLO cuando el masculino y el femenino son palabras diferentes, por ejemplo:


“mujeres y hombres”, “toros y vacas”, “damas y caballeros”, etc.

Ahora viene lo bueno: Detallito lingüístico... ¿Presidente o presidenta? –

Aprendamos bien el español y de una vez por todas:

¿Presidente o presidenta?

En español existen los participios activos como derivados verbales: Como por ejemplo, el participio activo del verbo atacar, es atacante. El de sufrir, es sufriente. El de cantar, es cantante. El de existir, existente.

¿Cuál es el participio activo del verbo ser?: El participio activo del verbo ser, es "ente". El que es, es el ente. Tiene entidad.

Por esta razón, cuando queremos nombrar a la persona que denota capacidad de ejercer la acción que expresa el verbo, se le agrega la terminación 'ente'.

Por lo tanto, la persona que preside, se le dice presidente, no presidenta, inependientemente de su género.

Se dice capilla ardiente, no ardienta. Se dice estudiante, no estudianta. Se dice adolescente, no adolescenta. Se dice paciente, no pacienta. Se dice comerciante, no comercianta.


La Sra. Cristina Fernández de Kirchner

Y ahora en Venezuela, con eso del socialismo, también el presidente Chavez, hace uso de estas barbaridades.

Un mal ejemplo sería:

La pacienta era una estudianta adolescenta sufrienta, representanta e integranta independienta de las cantantas y también atacanta, y la velaron en la capilla ardienta ahí existenta.


Qué mal suena ahora Presidenta, ¿no?

Es siempre bueno aprender de que, como y por que estamos hablando.


Caso contrario en Chile, donde lo aplican bien:

- la Sra. Bachelet es Presidente.

Pasemos el mensaje a todos nuestros conocidos latinoamericanos, con la esperanza de que llegue a la Casa Rosada y a Miraflores, para que esos ignorantes e iletrados hagan buen uso de nuestro hermoso idioma.

Atentamente,
W. Molina
Licenciado en Castellano y Literatura
(y no en Castellana y Literaturo)

lunes, 8 de febrero de 2010

Beauté

Los rostros mas bellos

sábado, 30 de enero de 2010

El Torero Desconocido

Torero Desconocido
Se pasa los días pensando,
en el torero que no a sido,
en su mente con la espada y la muleta,
pega pases al vacío,
dentro de un ruedo imaginario,
los aplausos suenan,
la banda resuena,
en el ruedo de su mente,
entre doblones y derechazos,
domina al toro por retazos,
con valor y arte,
toma la espada de muerte,
se perfila y se desplaza,
sobre el toro la estocada,
cae sobre todo,
con las patas en el aire,
da la vida un noble toro,
Los aplausos del publico
obligan al arrastre,
a dar la vuelta al ruedo,
los aplausos del publico no cesan,
mientras el limpia el sudor de su frente,
la música de los aplausos,
y la mirada de su apoderado,
le dictan da la vuelta al ruedo,
no hay oreja,
por que el único juez,
es el,
con su mente Ya despejada,
dice en voz alta.
!COMO QUISIERA SER!

....Jorge M. Arancivia...Nov..1999

sábado 30 de enero de 2010

¡FELIZ DÍA PLAZA DE ACHO!

sábado, 23 de enero de 2010

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